Cómo participar

Categorías de participación

  1. Grandes Empresas

Campañas de bien público desarrolladas por grandes empresas. Aplican en esta categoría casos de Fundaciones Empresarias o cobranding entre empresas y organizaciones de la sociedad civil.

  1. PyMEs

Campañas de bien público desarrolladas por pequeñas y medianas empresas, que se adecuen a la definición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo – Ley 25.300 / Resolución 23/2022) (*)

  1. Organizaciones de la Sociedad Civil

Campañas de bien público desarrolladas por organizaciones de la sociedad civil, tales como asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, clubes, etc.

Esta categoría se abre en dos sub-categorías:

  • General: cuya inversión en producción sea mayor a $7.000.000
  • Bajo presupuesto: cuya inversión en producción sea igual o menor a $7.000.000 pesos argentinos**
  1. Instituciones

Campañas de bien público desarrolladas por instituciones tales como asociaciones profesionales, cámaras, entidades educativas, organismos públicos, etc.

  1. Comunicación interna, voluntariado y programas

Esta categoría reconoce aquellas iniciativas que movilizan a los equipos, recursos y cultura de una organización para concientizar o generar un impacto positivo, tanto hacia el interior de la organización como en sus comunidades comunidad.

Pueden participar casos como:

  • Iniciativas de voluntariado profesional, corporativo o comunitario que vinculan a los equipos con OSCs, escuelas, barrios o causas sociales.
  • Campañas internas de concientización sobre problemáticas sociales, ambientales, de salud y bienestar, etc.
  • Programas Integrales de RSE, sostenibilidad o valor compartido que combinan la participación de colaboradores con el beneficio directo a públicos externos o comunidades vulnerables

Podrán participar casos de cualquiera de los tipos de anunciantes mencionados en las categorías anteriores (Grandes Empresas, PyMEs, Organizaciones de la Sociedad Civil, Instituciones)

Esta categoría se abre en dos sub-categorías:

  • General: cuya inversión en producción sea mayor a $7.000.000
  • Bajo presupuesto: cuya inversión en producción sea igual o menor a $7.000.000 pesos argentinos**
  1. Activaciones 

Esta categoría busca reconocer aquellas experiencias, intervenciones y acciones de comunicación no tradicional (BTL) que buscan generar un contacto directo, memorable e interactivo con el público para concientizar sobre problemáticas sociales, movilizar o promover un mensaje de impacto positivo.

Pueden participar casos como:

  • Intervenciones en vía pública y espacios públicos: Acciones en calles, plazas, parques, transporte público, etc
  • Experiencias BTL y Eventos de Concientización: instalaciones artísticas o sensoriales, performances, stands interactivos en eventos masivos, etc.
  • Activaciones en Punto de Venta o Espacios Privados: Acciones dentro de centros comerciales, universidades, oficinas o recintos cerrados de acceso público.
  • Activaciones Híbridas (Físico + Digital): Experiencias presenciales diseñadas para amplificarse a través de redes sociales, PR o entornos digitales.

Podrán participar casos de cualquiera de los tipos de anunciantes mencionados en las categorías anteriores (Grandes Empresas, PyMEs, Organizaciones de la Sociedad Civil, Instituciones)

  1. Contenidos con impacto positivo (Géneros ficción, documental, educativo y/o periodístico)

Podrán participar contenidos como programas de TV, cortometrajes y largometrajes, programas de radio y podcast, series de cápsulas o ciclo de entrevistas para RRSS, contenido para RRSS, streaming y sitios web, material educativo, etc, generados por productoras, medios de comunicación, grandes empresas, pymes, organizaciones de la sociedad civil, instituciones y/o productores independientes.

  1. Creadores de contenido con propósito

Podrán participar creadores de contenidos a través de sus cuentas de Instagram, Tik Tok, Facebook, Twitter, YouTube u otras redes sociales creadas de forma independiente y específicamente para concientizar, incidir e impactar positivamente en una problemática social concreta. Quedan excluidas de esta sub-categoría las cuentas en RRSS de empresas, pymes, organizaciones de la sociedad civil, fundaciones y/o instituciones (tales como asociaciones, cámaras, entidades educativas, organismos públicos, etc.) [Más información] 

  1. Uso de las tecnologías con propósito

Podrán participar iniciativas como videojuegos, apps, bots, acciones en o con utilización del metaverso, realidad virtual y/o aumentada, NFT, inteligencia artificial, etc, desarrolladas por empresas, pymes, organizaciones de la sociedad civil, instituciones u organismos.

  1. Productos y servicios con fines sustentables y/o sociales

Podrán participar productos y servicios desarrollados especialmente para resolver, informar o concientizar sobre alguna temática ambiental o social. No aplican productos o servicios realizados para recaudación de fondos o generación de trabajo para grupos vulnerables. Los productos o servicios presentados deberán haber sido desarrollados e implementados en Argentina y deberán estar disponibles actualmente en el mercado. [Más información] 

 


(*) Límites de ventas totales anuales expresados en PESOS ($) para ser considerada Micro, Pequeña o Mediana Empresa por definición de la Ley 25.300 / Resolución Nº 220/19


(**) Si los costos de producción/ejecución fueron donados o altamente bonificados, el inscripto debe estimar estos costos a valor de mercado a efectos de determinar en qué sub-categoría inscribirse.  El Consejo Publicitario Argentino reserva el derecho de recategorizar campañas cuyo costo de producción, según su percepción, excede el límite de la subcategoría bajo presupuesto


Las campañas que se inscriban deberán haber sido implementadas en el período que va desde el 1º de enero de 2025 hasta el último día disponible de inscripción, salvo la categoría 10 «Productos y servicios con fines sustentables y/o sociales» que pueden haber sido implementadas en el período que va desde el 1° de enero de 2024 hasta el último día disponible de inscripción.

 

No podrán participar quienes ya lo hayan hecho en ediciones anteriores de los Premios Obrar, exceptuando aquellas campañas o iniciativas que se reiteran, pero con renovada creatividad y/o resultados.